Facturación

Diferencia entre factura A, B y C: cuándo usar cada una

Explicamos qué es una factura tipo A, B y C en Argentina, quién emite cada tipo y cuándo corresponde usarla.

1 de junio de 2026·4 min de lectura

En Argentina, los comprobantes de venta se clasifican en tipos según el responsable impositivo que los emite y el destinatario. Los más comunes para trabajadores independientes son la Factura A, la Factura B y la Factura C.

Factura tipo C — la del monotributista

¿Quién la emite?

Los monotributistas y los exentos del IVA.

¿A quién se le emite?

A cualquier destinatario: consumidores finales, otros monotributistas, responsables inscriptos o empresas.

¿Lleva IVA discriminado?

No. El monto es el total, sin discriminar IVA. El monotributista no cobra ni ingresa IVA.

Si sos monotributista, siempre emitís factura C, independientemente de a quién le facturás. Eso incluye cuando facturás a empresas grandes o a un responsable inscripto.

Factura tipo A — con IVA discriminado

¿Quién la emite?

Los responsables inscriptos en IVA.

¿A quién se le emite?

A otros responsables inscriptos. El destinatario puede usar el IVA de la factura A como crédito fiscal.

¿Lleva IVA discriminado?

Sí. Muestra el neto gravado, el IVA (21%, 10.5% u otra alícuota) y el total.

Factura tipo B — para consumidores finales

¿Quién la emite?

Los responsables inscriptos en IVA.

¿A quién se le emite?

A consumidores finales, monotributistas o exentos. El IVA está incluido en el precio pero no se discrimina.

¿Lleva IVA discriminado?

No. El precio final ya incluye el IVA, pero no aparece desglosado en el comprobante.

Resumen rápido

TipoEmitida porDestinatarioIVA
AResp. InscriptoResp. InscriptoDiscriminado
BResp. InscriptoConsumidor final / monotributistaNo discriminado
CMonotributistaCualquier destinatarioSin IVA

¿Por qué un responsable inscripto me pide factura A?

Cuando una empresa o responsable inscripto te pide "factura A", no puede recibirla de vos si sos monotributista. Lo que te puede pedir es una factura C. La factura A solo la emiten responsables inscriptos.

Si el volumen de facturación a empresas es alto y necesitás darles crédito fiscal de IVA, puede ser el momento de evaluar el pasaje al régimen general.

Esta guía es informativa. Para situaciones particulares, consultá con un contador público matriculado.

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